El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que los “problemas técnicos” de un avión no son excusa válida para no pagar indemnización por retraso.
Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que los “problemas técnicos” de un avión no son una “causa excepcional”, por lo tanto no eximen de pagar la compensación por retraso a los pasajeros. Esta sentencia —que sienta un importante precedente— se dictaminó en a la denuncia de los pasajeros de un vuelo de KLM en el que la aerolínea alegaba que los problemas técnicos pueden surgir “espontáneamente”, y por lo tanto deberían ser una “causa excepcional” eximiente de compensación.
De hecho, el concepto de “causa excepcional”, al no estar claramente definido en la legislación (aunque se espera que esto cambie), es una de las excusas habituales de las aerolíneas para evitar la compensación a los pasajeros en caso de retraso o cancelación.
ALITALIA NO CUMPLE CON LA SOLUCION DEL RECLAMO EFECTUADO
TENGO NRO. DE EXPTE 6002127744 DEL 28/7/2016 Y NO ME DAN RESPUESTA DE NINGUN TIPO. UN DESASTRE ALITALIA