“Un turista bien informado es un turista más seguro” – para que esto se cumpla se ha redactado un decálogo de derechos de los turistas como herramienta para facilitar cualquier consulta referente a un viaje, y que resume todos los elementos esenciales de la legislación vigente.
La Comisión Europea ha presentado a principios de agosto, y en siete idiomas, esta carta para resumir las disposiciones de mayor interés para los turistas y otras informaciones esenciales en relación a diferentes aspectos o etapas del viaje. El decálogo se actualizará con las nuevas normas introducidas por el Código de Turismo.
Antes de comenzar cualquier recorrido fuera de España, siempre es recomendable recopilar toda la información pertinente del destino en cuestión, las formalidades necesarias (documentos, visas, seguridad, salud, moneda), y los derechos como consumidor de servicios turísticos y de transporte.
La primera sección de esta carta proporciona información de carácter preliminar, el más importante para el viajero en los preparativos de un viaje, mientras que las secciones siguientes se centran en aspectos específicos de utilización de los servicios turísticos. De hecho, hay una serie de información útil acerca de: la hospitalidad en el alojamiento, paquetes de viajes, detalle sobre los distintos tipos de transporte (aéreo, ferroviario, marítimo, terrestre), turismo cultural, entre otros.
La siguiente lista resume este decálogo comunitario para viajar con seguridad en la Unión Europea, y que habla no sólo de derechos sino también de las responsabilidades de cada turista:
- Se puede viajar con un simple documento de identidad en Europa, que desde el 26 de junio de 2012 también es necesario para los niños. Salvo en cinco países que no pertenecen al espacio Schengen: Bulgaria, Rumanía, Reino Unido, Irlanda y Chipre.
- Es necesario el pasaporte también para viajar a los países europeos que no forman parte de la UE (Noruega, Suiza, Liechtenstein e Islandia) y a aquellos países fuera del viejo continente.
- Cualquier ciudadano europeo en el extranjero cuenta con la protección y asistencia consular garantizada en todas las representaciones diplomáticas de cualquier Estado miembro de la UE.
- Los pasajeros con movilidad reducida tienen derecho a un trato no discriminatorio en el acceso tanto a aviones como a trenes, así como a asistencia gratuita antes, durante y después del trayecto.
- En el caso de la aviación, los viajeros tienen derecho al reembolso del coste del billete o a que se les ofrezca una ruta alternativa en el caso de que se cancele su vuelo sin previo aviso, si éste tiene más de 5 horas de retraso o si les deniegan el embarque. También existen compensaciones de hasta 1.220 euros si los equipajes se pierden o resultan dañados durante el vuelo.
- Comprobar el precio y las condiciones que se establecen en los paquetes de vacaciones con todo incluido antes de viajar, para que en caso del no cumplimiento, proceder al reembolso de los paquetes que no coinciden con las presentados en el contrato.
- La UE ha impuesto una reducción de las tarifas para el tráfico internacional, tanto de voz como de Internet. Este verano será más barato utilizar el teléfono en otro país europeo, ya que a partir del 1 de julio las tarifas de “roaming” se han reducido hasta en un 75 % respecto a 2007.
- En caso de accidente o enfermedad en otro país europeo, se tiene derecho a los mismos servicios de atención sanitaria que están garantizados en el país de origen.
- Si se viaja con un perro o gato, es necesario disponer de un pasaporte europeo para animales de compañía.
- En caso de peligro o emergencia, llamar al número único europeo 112. Al igual que el número gratuito de Europe Direct 00 800 6 7 8 9 10 11, donde se puede obtener más información sobre los derechos de los viajeros.
- Se debe mantener un comportamiento civilizado y ético con respecto al medio ambiente, la cultura y las tradiciones del país de acogida.
- Nunca se debe conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia de las drogas.
Soy peruana pasaporte Peruano residente con NIE en España Barcelona, tengo en mi poder el resguardo de renovación de mi NIE QUÉ tendría que recogerlo desde el día 13 de Abril, me encuentro en la situación que tengo que viajar A Amsterdam desde Barcelona el 18 de Marzo y volver el 12 DE Abril a Barcelona.
En Comisaría de Barcelona me han legalizado el Documento De Permiso de Retorno ya que no tengo en físico mi Tarjeta de identificación solo El resguardo.
El problema que tengo es de que en la Agencia con la que suelo viajar y tengo el ticket de viaje me han dicho que no es posible así tenga mi resguardo y el permiso de Retorno.
Yo se que tengo derecho a viajar y volver, mi pregunta es si las agencias tienen derecho a negarme ese viaje por no contar con mi tarjeta solo pasaporte.?
Muchas gracias de ante mano
Maritza Neyra